UNiÓN EUROPEA. FONDOS, FINANCIACIÓN

 

UNION EUROPEA

FONDOS ESTRUCTURALES Y FONDOS DE COHESIÓN
Los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión son los instrumentos financieros de la política regional de la Unión Europea (UE), encaminada a reducir las diferencias de desarrollo entre las regiones y los Estados miembros. Los Fondos contribuyen así plenamente al objetivo de cohesión económica, social y territorial.
Para el período 2007-2013, la dotación financiera asignada a la política regional asciende a casi 348 000 millones de euros: 278 000 millones para los Fondos Estructurales y 70 000 millones para el Fondo de Cohesión. Esta política representa un 35 % del presupuesto comunitario, por lo que constituye la segunda partida presupuestaria más importante.
Existen dos Fondos Estructurales:
? el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) es ahora mismo el más importante; desde 1975 concede ayudas para la construcción de infraestructuras y la realización de inversiones productivas capaces de generar empleo, sobre todo en beneficio de las empresas;
? el Fondo Social Europeo (FSE), instaurado en 1958, financia principalmente actividades de formación para favorecer la inserción profesional de los desempleados y de los sectores más desfavorecidos de la población.
Para acelerar la convergencia económica, social y territorial, la Unión Europea creó un Fondo de Cohesión en 1994 destinado a aquellos países cuyo PIB medio per cápita es inferior al 90 % de la media comunitaria. La finalidad del Fondo de Cohesión consiste en financiar proyectos de infraestructuras relacionados con el medio ambiente y los transportes. No obstante, la ayuda del Fondo de Cohesión está sujeta a ciertas condiciones. Si el déficit público de un Estado miembro beneficiario es superior al 3 % del PIB nacional (según las normas de convergencia de la UEM), no se aprobará ningún proyecto nuevo hasta que se haya controlado el déficit.
Estos fondos se destinarán a financiar la política regional entre 2007 y 2013 en el marco de tres nuevos objetivos:
? el objetivo «Convergencia» trata de acelerar la convergencia de las regiones y los Estados miembros menos desarrollados mejorando las condiciones que favorezcan el crecimiento y el empleo; el FEDER, el FSE y el Fondo de Cohesión financian este objetivo, que representa un 81,5 % del total de los recursos asignados; los límites máximos de cofinanciación del gasto público ascienden a un 75 % para el FEDER y el FSE y a un 85 % para el Fondo de Cohesión;
? el objetivo «Competitividad regional y empleo» persigue la anticipación a los cambios económicos y sociales, la promoción de la innovación, el espíritu empresarial, la protección del medioambiente y el desarrollo de mercados laborales que fomentan la integración de las regiones no incluidas en el objetivo «Convergencia»; el FEDER y el FSE financian este objetivo, que representa el 16 % del total de los recursos asignados; las acciones en el marco de este objetivo podrán ser cofinanciadas hasta el 50 % del gasto público;
? el objetivo «Cooperación territorial europea» refuerza la cooperación transfronteriza, transnacional e interregional en los ámbitos del desarrollo urbano, rural y costero, del desarrollo de las relaciones económicas y de la integración en redes de las pequeñas y medianas empresas (PYME); el FEDER financia este objetivo, que representa el 2,5 % del total de los recursos asignados; las acciones en el marco del objetivo «Cooperación territorial», podrán ser cofinanciadas hasta el 75 % del gasto público.
El apoyo de los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión a los tres objetivos equivale siempre a una cofinanciación. Estos porcentajes pueden verse reducidos de acuerdo con el principio de que «quien contamina paga» o en caso de que un proyecto genere ingresos. Es evidente que todos los proyectos deben respetar la legislación europea, sobre todo en materia de competencia, medio ambiente y adjudicación de contratos públicos.


COHESIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL


La cohesión económica y social constituye una expresión de la solidaridad entre los Estados miembros y las regiones de la Unión Europea. Favorece el desarrollo equilibrado del territorio comunitario, la reducción de las diferencias estructurales entre las regiones de la Unión y la verdadera igualdad de oportunidades entre las personas. Se materializa a través de diversas intervenciones financieras, en particular las de los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión. Cada tres años la Comisión Europea presenta un informe sobre los avances realizados en la consecución de la cohesión económica y social y el modo en que han contribuido a ello las políticas comunitarias.
En el ámbito europeo, la cohesión económica y social tiene sus orígenes en el Tratado de Roma (1957), cuyo preámbulo hace referencia a la reducción de las diferencias entre los niveles de desarrollo de las regiones. En los años setenta se emprendieron diversas acciones comunitarias con el fin de coordinar y completar desde el punto de vista económico los instrumentos nacionales. Más adelante estas medidas se revelaron insuficientes en un contexto comunitario en el que, en contraste con las previsiones realizadas, la creación del mercado interior no había hecho desaparecer las diferencias entre regiones. En 1986, el Acta Única Europea introdujo, además de la realización del mercado único, el objetivo de la cohesión económica y social. Finalmente, el Tratado de Maastricht (1992) incorporó esa política al Tratado CE (artículos 158 a 162).
La cohesión económica y social se aplica esencialmente a través de la política regional de la Unión Europea. Junto con la reforma de la política agrícola común y la ampliación a los países de Europa Central y Oriental en 2004, la política regional ha constituido uno de los principales puntos de la Agenda 2000, que cubre el período 2000-2006, debido fundamentalmente a sus repercusiones financieras.
La política regional de la Unión Europea constituye la segunda partida presupuestaria más importante de la Unión Europea, con una dotación de 348 000 millones de euros (precios de 2006) para el período 2007-2013. La ampliación de la Unión a veinticinco Estados miembros en mayo de 2004, y después a veintisiete en enero de 2007, altera considerablemente la situación. La superficie de la Unión aumenta más de un 25 %, su población más de un 20 % y su riqueza tan sólo un 5 % aproximadamente. El PIB per cápita de la Unión Europea disminuye más de un 10 % y las diferencias regionales se duplican. Puesto que alrededor del 60 % de las regiones menos desarrolladas se sitúan ahora en los doce Estados miembros que ingresaron en la Unión a partir de 2004, el centro de gravedad de la política regional se desplaza hacia el Este.
Para el período 2007-2013, la cohesión económica y social se concentrará más en los principales problemas de desarrollo en materia de crecimiento económico y empleo, sin dejar de respaldar a las regiones que no hayan completado aún su proceso de convergencia real. Asimismo, las intervenciones estructurales continúan siendo necesarias en aquellas zonas geográficas que se enfrentan a dificultades estructurales específicas (zonas industriales en proceso de reconversión, zonas urbanas, rurales o dependientes de la pesca, zonas con serias desventajas naturales o demográficas). Por último, la simplificación y la descentralización de la gestión de los instrumentos financieros de la política regional (los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión) serán conceptos clave de la reforma de la política regional para el período 2007-2013.

EMPLEO

A raíz de la introducción, mediante el Tratado de Amsterdam, de un nuevo título VIII sobre el empleo en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, la coordinación de las políticas de empleo de los Estados miembros ha pasado a ser una prioridad comunitaria.
Sobre la base de estas nuevas disposiciones, el Consejo Europeo de Luxemburgo puso en marcha, en noviembre de 1997, la Estrategia europea de empleo (EEE) conocida también como «proceso de Luxemburgo».
La EEE constituye un programa anual de planificación, seguimiento, examen y ajuste de las políticas de los Estados miembros con objeto de coordinar los instrumentos que éstos utilizan para combatir el desempleo. La Estrategia se articula en torno a cuatro instrumentos:
? directrices de empleo: prioridades comunes que establece la Comisión para las políticas de empleo de los Estados miembros;
? planes nacionales de acción para el empleo (PNA): aplicación nacional de las orientaciones comunes;
? informe conjunto sobre el empleo: síntesis de los planes nacionales de acción, que sirve de base para la elaboración de las directrices del año siguiente;
? recomendaciones: adopción en el Consejo, por mayoría cualificada, de recomendaciones específicas para cada país.
En 2005, se revisó la estrategia de Lisboa a fin de concentrar aún más los esfuerzos en el desarrollo de un crecimiento sólido y duradero, y en la creación de más empleos y de mejor calidad.
Este relanzamiento de la estrategia de Lisboa ha conducido a una revisión completa de la EEE, cuyo nuevo proceso se puso en marcha en julio de 2005 con la aprobación por el Consejo Europeo de las directrices integradas para el crecimiento y el empleo.
La Estrategia europea de empleo revisada se apoya en cuatro instrumentos:
? las orientaciones integradas para el crecimiento y el empleo (que, en adelante, se presentarán conjuntamente con las directrices para las políticas macroeconómicas y microeconómicas de la Unión por un período de tres años);
? los programas nacionales de reforma, por país;
? el informe anual de la Comisión sobre el crecimiento y el empleo en el que se examinan los 25 nuevos programas nacionales de reforma presentados por los Estados miembros;
? las posibles recomendaciones que adopte el Consejo.
Las directrices integradas para el crecimiento y el empleo servirán de base para el programa comunitario de Lisboa y los programas nacionales de acción.


La financiación
La UE obtiene sus fondos principalmente a través de las siguientes fuentes de financiación: IVA, aranceles, aduanas y aportaciones.
• El IVA. Todos los países miembros deben tener establecido este impuesto. El 1% de su recaudación se destina a los fondos de la UE.
• Los aranceles sobre los productos agrícolas importados. Determinados productos agrícolas no pueden importarse a unos precios inferiores a los comunitarios. La estrategia seguida por la UE es establecer unos aranceles igualitarios a los precios exteriores a los comunitarios.
• Los derechos de aduanas. Sobre ciertas transacciones, la UE establece una serie de derechos de aduana sobre las importaciones, lo que supone aproximadamente un tercio de los recursos de la comunidad.
• Las aportaciones de los países en función del PNB. Todos los países miembros deben aportar anualmente una cantidad que depende de su PNB

 

 

 

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