UNION
EUROPEA
FONDOS
ESTRUCTURALES Y FONDOS DE COHESIÓN
Los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión son los instrumentos
financieros de la política regional de la Unión Europea
(UE), encaminada a reducir las diferencias de desarrollo entre las
regiones y los Estados miembros. Los Fondos contribuyen así
plenamente al objetivo de cohesión económica, social
y territorial.
Para el período 2007-2013, la dotación financiera asignada
a la política regional asciende a casi 348 000 millones de
euros: 278 000 millones para los Fondos Estructurales y 70 000 millones
para el Fondo de Cohesión. Esta política representa
un 35 % del presupuesto comunitario, por lo que constituye la segunda
partida presupuestaria más importante.
Existen dos Fondos Estructurales:
? el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) es ahora mismo el
más importante; desde 1975 concede ayudas para la construcción
de infraestructuras y la realización de inversiones productivas
capaces de generar empleo, sobre todo en beneficio de las empresas;
? el Fondo Social Europeo (FSE), instaurado en 1958, financia principalmente
actividades de formación para favorecer la inserción
profesional de los desempleados y de los sectores más desfavorecidos
de la población.
Para acelerar la convergencia económica, social y territorial,
la Unión Europea creó un Fondo de Cohesión en
1994 destinado a aquellos países cuyo PIB medio per cápita
es inferior al 90 % de la media comunitaria. La finalidad del Fondo
de Cohesión consiste en financiar proyectos de infraestructuras
relacionados con el medio ambiente y los transportes. No obstante,
la ayuda del Fondo de Cohesión está sujeta a ciertas
condiciones. Si el déficit público de un Estado miembro
beneficiario es superior al 3 % del PIB nacional (según las
normas de convergencia de la UEM), no se aprobará ningún
proyecto nuevo hasta que se haya controlado el déficit.
Estos fondos se destinarán a financiar la política regional
entre 2007 y 2013 en el marco de tres nuevos objetivos:
? el objetivo «Convergencia» trata de acelerar la convergencia
de las regiones y los Estados miembros menos desarrollados mejorando
las condiciones que favorezcan el crecimiento y el empleo; el FEDER,
el FSE y el Fondo de Cohesión financian este objetivo, que
representa un 81,5 % del total de los recursos asignados; los límites
máximos de cofinanciación del gasto público ascienden
a un 75 % para el FEDER y el FSE y a un 85 % para el Fondo de Cohesión;
? el objetivo «Competitividad regional y empleo» persigue
la anticipación a los cambios económicos y sociales,
la promoción de la innovación, el espíritu empresarial,
la protección del medioambiente y el desarrollo de mercados
laborales que fomentan la integración de las regiones no incluidas
en el objetivo «Convergencia»; el FEDER y el FSE financian
este objetivo, que representa el 16 % del total de los recursos asignados;
las acciones en el marco de este objetivo podrán ser cofinanciadas
hasta el 50 % del gasto público;
? el objetivo «Cooperación territorial europea»
refuerza la cooperación transfronteriza, transnacional e interregional
en los ámbitos del desarrollo urbano, rural y costero, del
desarrollo de las relaciones económicas y de la integración
en redes de las pequeñas y medianas empresas (PYME); el FEDER
financia este objetivo, que representa el 2,5 % del total de los recursos
asignados; las acciones en el marco del objetivo «Cooperación
territorial», podrán ser cofinanciadas hasta el 75 %
del gasto público.
El apoyo de los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión
a los tres objetivos equivale siempre a una cofinanciación.
Estos porcentajes pueden verse reducidos de acuerdo con el principio
de que «quien contamina paga» o en caso de que un proyecto
genere ingresos. Es evidente que todos los proyectos deben respetar
la legislación europea, sobre todo en materia de competencia,
medio ambiente y adjudicación de contratos públicos.
COHESIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL
La cohesión económica y social constituye una expresión
de la solidaridad entre los Estados miembros y las regiones de la
Unión Europea. Favorece el desarrollo equilibrado del territorio
comunitario, la reducción de las diferencias estructurales
entre las regiones de la Unión y la verdadera igualdad de oportunidades
entre las personas. Se materializa a través de diversas intervenciones
financieras, en particular las de los Fondos Estructurales y el Fondo
de Cohesión. Cada tres años la Comisión Europea
presenta un informe sobre los avances realizados en la consecución
de la cohesión económica y social y el modo en que han
contribuido a ello las políticas comunitarias.
En el ámbito europeo, la cohesión económica y
social tiene sus orígenes en el Tratado de Roma (1957), cuyo
preámbulo hace referencia a la reducción de las diferencias
entre los niveles de desarrollo de las regiones. En los años
setenta se emprendieron diversas acciones comunitarias con el fin
de coordinar y completar desde el punto de vista económico
los instrumentos nacionales. Más adelante estas medidas se
revelaron insuficientes en un contexto comunitario en el que, en contraste
con las previsiones realizadas, la creación del mercado interior
no había hecho desaparecer las diferencias entre regiones.
En 1986, el Acta Única Europea introdujo, además de
la realización del mercado único, el objetivo de la
cohesión económica y social. Finalmente, el Tratado
de Maastricht (1992) incorporó esa política al Tratado
CE (artículos 158 a 162).
La cohesión económica y social se aplica esencialmente
a través de la política regional de la Unión
Europea. Junto con la reforma de la política agrícola
común y la ampliación a los países de Europa
Central y Oriental en 2004, la política regional ha constituido
uno de los principales puntos de la Agenda 2000, que cubre el período
2000-2006, debido fundamentalmente a sus repercusiones financieras.
La política regional de la Unión Europea constituye
la segunda partida presupuestaria más importante de la Unión
Europea, con una dotación de 348 000 millones de euros (precios
de 2006) para el período 2007-2013. La ampliación de
la Unión a veinticinco Estados miembros en mayo de 2004, y
después a veintisiete en enero de 2007, altera considerablemente
la situación. La superficie de la Unión aumenta más
de un 25 %, su población más de un 20 % y su riqueza
tan sólo un 5 % aproximadamente. El PIB per cápita de
la Unión Europea disminuye más de un 10 % y las diferencias
regionales se duplican. Puesto que alrededor del 60 % de las regiones
menos desarrolladas se sitúan ahora en los doce Estados miembros
que ingresaron en la Unión a partir de 2004, el centro de gravedad
de la política regional se desplaza hacia el Este.
Para el período 2007-2013, la cohesión económica
y social se concentrará más en los principales problemas
de desarrollo en materia de crecimiento económico y empleo,
sin dejar de respaldar a las regiones que no hayan completado aún
su proceso de convergencia real. Asimismo, las intervenciones estructurales
continúan siendo necesarias en aquellas zonas geográficas
que se enfrentan a dificultades estructurales específicas (zonas
industriales en proceso de reconversión, zonas urbanas, rurales
o dependientes de la pesca, zonas con serias desventajas naturales
o demográficas). Por último, la simplificación
y la descentralización de la gestión de los instrumentos
financieros de la política regional (los Fondos Estructurales
y el Fondo de Cohesión) serán conceptos clave de la
reforma de la política regional para el período 2007-2013.
EMPLEO
A raíz
de la introducción, mediante el Tratado de Amsterdam, de un
nuevo título VIII sobre el empleo en el Tratado constitutivo
de la Comunidad Europea, la coordinación de las políticas
de empleo de los Estados miembros ha pasado a ser una prioridad comunitaria.
Sobre la base de estas nuevas disposiciones, el Consejo Europeo de
Luxemburgo puso en marcha, en noviembre de 1997, la Estrategia europea
de empleo (EEE) conocida también como «proceso de Luxemburgo».
La EEE constituye un programa anual de planificación, seguimiento,
examen y ajuste de las políticas de los Estados miembros con
objeto de coordinar los instrumentos que éstos utilizan para
combatir el desempleo. La Estrategia se articula en torno a cuatro
instrumentos:
? directrices de empleo: prioridades comunes que establece la Comisión
para las políticas de empleo de los Estados miembros;
? planes nacionales de acción para el empleo (PNA): aplicación
nacional de las orientaciones comunes;
? informe conjunto sobre el empleo: síntesis de los planes
nacionales de acción, que sirve de base para la elaboración
de las directrices del año siguiente;
? recomendaciones: adopción en el Consejo, por mayoría
cualificada, de recomendaciones específicas para cada país.
En 2005, se revisó la estrategia de Lisboa a fin de concentrar
aún más los esfuerzos en el desarrollo de un crecimiento
sólido y duradero, y en la creación de más empleos
y de mejor calidad.
Este relanzamiento de la estrategia de Lisboa ha conducido a una revisión
completa de la EEE, cuyo nuevo proceso se puso en marcha en julio
de 2005 con la aprobación por el Consejo Europeo de las directrices
integradas para el crecimiento y el empleo.
La Estrategia europea de empleo revisada se apoya en cuatro instrumentos:
? las orientaciones integradas para el crecimiento y el empleo (que,
en adelante, se presentarán conjuntamente con las directrices
para las políticas macroeconómicas y microeconómicas
de la Unión por un período de tres años);
? los programas nacionales de reforma, por país;
? el informe anual de la Comisión sobre el crecimiento y el
empleo en el que se examinan los 25 nuevos programas nacionales de
reforma presentados por los Estados miembros;
? las posibles recomendaciones que adopte el Consejo.
Las directrices integradas para el crecimiento y el empleo servirán
de base para el programa comunitario de Lisboa y los programas nacionales
de acción.
La financiación
La UE obtiene sus fondos principalmente a través de las siguientes
fuentes de financiación: IVA, aranceles, aduanas y aportaciones.
• El IVA. Todos los países miembros deben tener establecido
este impuesto. El 1% de su recaudación se destina a los fondos
de la UE.
• Los aranceles sobre los productos agrícolas importados.
Determinados productos agrícolas no pueden importarse a unos
precios inferiores a los comunitarios. La estrategia seguida por la
UE es establecer unos aranceles igualitarios a los precios exteriores
a los comunitarios.
• Los derechos de aduanas. Sobre ciertas transacciones, la UE
establece una serie de derechos de aduana sobre las importaciones,
lo que supone aproximadamente un tercio de los recursos de la comunidad.
• Las aportaciones de los países en función del
PNB. Todos los países miembros deben aportar anualmente una
cantidad que depende de su PNB
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